Stop Grooming!

Información sobre el fenómeno del grooming de niñas y niños


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La nueva Directiva europea que penaliza el «grooming»

Parlamento Europeo en EstrasburgoEl pasado día 27 de octubre se aprobó en el Parlamento Europeo una nueva directiva que profundiza en la regulación de cuestiones que afectan a los menores tanto dentro como fuera de la Red, al respecto del abuso y la explotación sexuales, y que intenta armonizar y categorizar este tipo de delitos en la Unión Europea: «La presente Directiva establece normas mínimas relativas a la definición de las infracciones penales y de las sanciones en el ámbito de los abusos sexuales y la explotación sexual de los menores, la pornografía infantil y el embaucamiento de menores por medio de medios tecnológicos con fines de naturaleza sexual. También introduce disposiciones para mejorar la prevención de estos delitos y la protección de sus víctimas.»

A continuación repasaremos algunos de los aspectos de esta nueva Directiva que afectan más a los problemas relacionados con las TIC, es decir, el sexting y del grooming.

Así, en el texto aprobado aparecen algunas novedades destacables:

  • El castigo por ver pornografía en la que intervenga un o una menor, será aplicable o no a decisión de cada Estado Miembro en el caso de que dicha pornografía tenga lugar en el contexto de una relación consentida (donde el o la menor tenga al menos la edad mínima de consentimiento sexual) y en casos en los que se produzca entre iguales, de edad cercana y de grado de desarrollo psicológico y físico semejante, siempre y cuando no haya habido ningún abuso o explotación y que no se haya recibido dinero u otro tipo de pago a cambio de dicha exhibición pornográfica. Así, por ejemplo, pagar a una chica de 17 años para que realice un acto ante una webcam, sería castigable en base a esta Directiva. Por contra, si se trata de dos menores novios de p.ej. 13 y 14 años, que se intercambian imágenes de sexting, quedaría al arbitrio de cada país penalizarlo o no.
  • En cuanto a la adquisición y posesión de pornografía infantil, la Directiva deja también a la decisión de cada país, si se aplica o no al material en el que aparezcan chicos o chicas que han llegado a la edad de consentimiento y que se produzca y posea con su consentimiento y sólo para el uso personal de las personas implicadas, siempre y cuando no haya ningún abuso.
  • En cualquier caso, que un adulto solicite sexualmente a un menor que no ha llegado a la edad de consentimiento sexual será castigable. La Directiva indica que la pena deberá ser de al menos un año de prisión cuando se hayan realizado efectivamente actos encaminados a mantener dicho encuentro sexual. La solicitud de material pornográfico de un(a) adulto/a a un(a) menor por debajo de dicha edad también es considerada delito por dicha normativa. Si se realiza entre menores que hayan superado dicha edad y es sólo para uso privado, la Directiva lo deja a la decisión de cada Estado.

La Directiva define la pornografía infantil de la siguiente manera:

– todo material que represente de manera visual a un menor participando en una conducta sexualmente explícita real o simulada;
– toda representación de los órganos sexuales de un menor con fines principalmente sexuales;
– todo material que represente de forma visual a una persona que parezca ser un menor participando en una conducta sexualmente explícita real o simulada o cualquier representación de los órganos sexuales de una persona que parezca ser un menor, con fines principalmente sexuales; o
– imágenes realistas de un menor participando en una conducta sexualmente explícita o imágenes realistas de los órganos sexuales de un menor, con fines principalmente sexuales;

Y espectáculo pornográfico como:

la exhibición en directo dirigida a un público , incluso por medio de las tecnologías de la información y la comunicación:
– de un menor participando en una conducta sexualmente explícita real o simulada; o
– de los órganos sexuales de un menor con fines principalmente sexuales;

Fuente: Parlamento Europeo
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México: del «grooming» a la explotación y el abuso sexuales

Las redes sociales son el lugar más habitual donde encontrar imágenes de sexting: niñas menores de edad suben este tipo de fotos a redes sociales online como MetroFlog, Facebook, etc. e incluso se ha denunciado un caso (México, comienzos de 2011) de un padre que había encontrado en Youtube el vídeo de su hija de 15 años teniendo sexo con un adulto. Las autoridades mexicanas advierten de que estas publicaciones enviadas por los adolescentes pueden proporcionar información a potenciales abusadores sexuales, ciberacosadores, explotadores sexuales, pornógrafos o pederastas.

Según la ASI –organización civil mexicana dedicada a proporcionar orientación a alumnos y maestros acerca de los peligros a los que se exponen a través de Internet y dispositivos móviles– los adolescentes reconocen en un 10,5% haberse enamorado de las personas con quienes mantienen contacto por Internet, y un porcentaje similar confesó que habla de sexo ocasional o usualmente por Internet.

Los groomers aprovechan esta apertura y siguen un modus operandi cuya finalidad es eliminar la resistencia del menor hacia los extraños y hacia los contenidos sexuales. Como demuestran estas y otras encuestas, estas reticencias en ocasiones ni siquieran existen, con lo cual el groomer tiene ya buena parte del camino libre.

Este proceso de cortejo, enganche o engatusamiento del menor se realiza por etapas. El acosador elige a su víctima en una de las redes sociales o webs populares entre los adolescentes o los niños y desarrolla una fingida amistad con él o ella, normalmente basándose en los intereses que supuestamente tienen en común.

Empieza a ganarse su confianza mediante un apoyo sistemático a sus ideas y emociones. Le cuenta supuestos secretos con la finalidad de que el menor haga lo mismo, y finalmente lo anima a establecer contacto físico. En ocasiones hay una fase intermedia en la que se consiguen fotos comprometedoras con las que luego ir forzando al menor a entregar más y más, hasta tener elementos de presión para forzar el encuentro físico.

La mayoría de los menores que han sido víctimas de grooming en México tienen menos de 12 años, según los expertos, y generalmente no se sienten agredidos porque son seducidos y responden a cosas materiales atractivas.

Sólo en el Distrito Federal de México, desde 2006 hasta mediados de 2011 la Procuraduría General ha detenido a 45 personas por diversos delitos cometidos donde el modus operandi fue el grooming. En ocasiones, el lugar de enganche con el menor es Facebook, donde el pedófilo crea un perfil fingiendo ser otro menor. La policía mexicana habla de un reciente caso donde 7 víctimas sufrieron abuso tras ser contactadas en esa red social de Internet.

En un reciente congreso organizado por la ASI, una joven narró la explotación sexual que sufrió con tan sólo 17 años tras ser contactada por Internet y acceder a un encuentro físico con un cibernovio. La joven fue secuestrada, golpeada y obligada a prostituirse. En el congreso compartió su caso para prevenir a otras adolescentes que, como ella, crean que pueden encontrar amigos o incluso al hombre de sus sueños a través de Internet.

Fuente: AM.com.mx


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La celebridad online expone a los menores al grooming y otras ciberamenazas

Kirsten era una solitaria adolescente estadounidense que se vio afectada por el lado más oscuro de la fama en Internet. Su aventura en Internet comenzó en 2006, con tan sólo 13 años, cuando comenzó a buscar en Internet una manera de huir del bullying racista que sufría en su colegio, donde era una recién llegada. Los padres de Kiki, buscando alejarla del colegio donde no cesaba el bullying, decidieron que continuase su educación en casa (algo legal en los EEUU) potenciando su creatividad en el terreno de la moda y el diseño, con la intención de que continuase sus estudios por esa rama en la Universidad. Esto acabó convirtiendo Internet en su principal lugar para hacer amigos. Con 14 y con permiso de sus padres, creó un alterego en MySpace bajo el nombre de Kiki Kannibal, donde publicaba fotos de sí misma luciendo toda una serie de peinados y vestimentas, con toques góticos, punks y con un componente erótico importante en sus poses, expresiones y ropa. En 3 meses sus amigos virtuales llegaban a los 25.000. Ella no los veía como gente real, sino como su puntuación en una especie de videojuego.

Se convirtió en lo que se denomina en inglés una scene queen, una reina del estilo scene kid, mezcla de elementos de la madurez e infantiles, y era una foco de atención en MySpace: llegó a tener hasta 2 millones de espectadores en sus shows trasmitidos por video-streaming. Al poco tiempo surgieron más de 500 perfiles en Facebook que la suplantaban, haciéndola con frecuencia objeto de burla, odio, amenaza y ridiculización. Su perfil de MySpace aparecía cada día lleno de insultos. Los ciberataques y el ciberbullying contra la joven cibercelebridad fueron in crescendo: otras usuarias de MySpace publicaron su nombre real y su teléfono, hasta llegar a recibir amenazas de muerte y comentarios sexuales agresivos, aunque también contaba con legiones de seguidores y admiradores. Sus padres pese a ser conscientes de estos ataques y vivirlos muy de cerca (la casa familiar aparecía con pintadas insultantes y era atacada por vándalos con huevos y pintura), no acabaron de tomar medidas para alejarla de la Red. Se quejaron a MySpace y los perfiles de los ciberabusones fueron borrados. No sirvió de mucho: los chavales creaban otros nuevos inmediatamente. Los blogs anti-Kiki, las amenazas por email o por teléfono continuaron. La policía decía que no podía hacer nada, porque los chicos que la amenazaban eran anónimos. Kiki no quería dejar de usar Internet, porque de lo contrario, «los ciberabusones habrían ganado».

Las amenazas y los peligros llegaron aún más dentro de sus vidas offline. Un novio de 18 años que la había conocido por Internet (y que era otra modesta celebridad en la red social MySpace) y que contaba incluso con el beneplácito de sus padres resultó tener un oscuro pasado de groomer de menores: ligaba con niñas online, algunas tan jóvenes como de 12 años, para luego presionarlas para tener sexo cuando las conocía fuera de Internet. Los padres descubrieron que había forzado a Kiki a tener relaciones sexuales y llevaron el caso a la policía. El joven murió tras caer de un segundo piso cuando estaba siendo detenido al ser descubierto rodeado de niñas menores y en posesión de drogas. Algunas personas, conocedoras del hecho, acusaron online a Kiki de la muerte del joven.

La caída a los infiernos de Kiki continuó cuando comenzó a ser explotada en sesiones colectivas de ataque contra ella en el web de cotilleo y exhibicionismo Stickydrama. El propietario del web reconoció en su cuenta en Twitter que «si no puedo tenerla, la voy a destruir».

La familia al completo, incapaz de retomar el control de la situación, tuvo que cambiar de domicilio para escapar de las amenazas: el padre tuvo que aceptar un empleo con menor sueldo y perdieron su casa en Florida. Tras cuatro años de pesadilla on y offline, Kiki (que ha cumplido 18 años) y su hermana (3 años menor) diseñan ahora joyas que venden en su propia tienda online.

«Nunca me imaginé que me iba a topar con esta clase de gente, pero en Internet estás expuesta a que gente que es capaz de hacer cualquier cosa», declaró Kiki en una reciente entrevista a la revista Rolling Stone.

Fuente: estadao.com.br, Miami New Times y Rolling Stone.

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Acoso sexual de menores online y grooming: fases y cómo evitarlo

Jorge Flores Fernández, de PantallasAmigasEl acoso sexual de menores en la Red no es algo frecuente. Sin embargo, es perfectamente factible y las consecuencias pueden ser devastadoras. Una vez iniciado el daño es irreparable. Por fortuna, es sencillo de evitar e incluso de contener en los primeros momentos.

Condición necesaria para el acecho sexual en la Red

Internet Grooming: diez claves para prevenirlo y afrontarloTodo caso de acecho sexual se hace posible porque el acosador dispone de un elemento de fuerza sobre la víctima que pone a ésta en el compromiso de atender las demandas del depredador. Este elemento puede ser de muy diversa naturaleza, si bien el más común es la posesión de alguna imagen íntima que el chantajista amenaza con hacer pública en caso de que no sean satisfechas sus peticiones de índole sexual. Estas solicitudes suelen consistir en el envío de imágenes eróticas por la webcam pero, si hay proximidad, puede llegar a solicitarse un encuentro personal con el grave riesgo que ello implica. En ocasiones, este elemento de fuerza no existe y es la pericia del acosador la que lo crea de manera ficticia y hace creer a su víctima en su existencia. Tanto adolescentes como personas adultas pueden ser víctimas de este tipo de chantaje, sin embargo existe mayor vulnerabilidad en los menores que se ven incapaces de gestionar esta complicada situación, lo que les sitúa a merced del acosador.

Conceptos: acoso sexual de menores online e Internet Grooming

El grooming es una forma en que se manifiesta el acoso sexual en la Red hacia los menores, pero no la única. Se puede hablar de grooming cuando se produce un acecho sexual donde previamente ha habido una estrategia de acercamiento, de engatusamiento, con el fin de ganarse la confianza del menor por parte del depredador sexual para así obtener ese elemento de fuerza con el que iniciar el chantaje. Sin embargo, en muchos casos el acecho sexual no se produce de esta manera, no hay una fase previa. Ocurre, por ejemplo, cuando el depredador accede a informaciones o imágenes de su víctima usando la fuerza (robo de contraseñas, por ejemplo) o valiéndose de terceras personas o medios alternativos. Aunque en este caso el enjuiciamiento no sería el mismo por la diferente naturaleza de las acciones previas, a efectos de la víctima nos sitúa prácticamente en el mismo lugar.

Hay que destacar el papel que tiene la webcam tanto para la obtención del elemento de fuerza como para la realización de concesiones al depredador por lo que debe ser considerada un componente crítico en estos casos y, por lo tanto, una condición necesaria.

Tres fases y diez claves para luchar contra el acoso sexual en la Red

Prevención: evitar la obtención del elemento de fuerza por parte del depredador.

Si se evita que el depredador obtenga el elemento de fuerza con el que iniciar el chantaje, el acoso es inviable. Para ello es recomendable:

  1. No proporcionar imágenes o informaciones comprometedoras (elemento de fuerza) a nadie ni situar las mismas accesibles a terceros. Se ha de pensar que algo sin importancia en un determinado ámbito o momento puede cobrarla en otro contexto.
  2. Evitar el robo de ese elemento de fuerza para lo cual se debe preservar la seguridad del equipo informático y la confidencialidad de las contraseñas.
  3. Mantener una actitud proactiva respecto a la privacidad lo que implica prestar atención permanente a este aspecto y, en especial, al manejo que las demás personas hacen de las imágenes e informaciones propias.

Afrontamiento: tomar conciencia de la realidad y magnitud de la situación.

Cuando se comienzan a recibir amenazas e intimidaciones es importante:

  1. No ceder al chantaje en ningún caso puesto que ello supone aumentar la posición de fuerza del chantajista dotándole de un mayor número de elementos como pueden ser nuevas imágenes o vídeos eróticos o pornográficos.
  2. Pedir ayuda. Se trata de una situación nueva y delicada que conlleva gran estrés emocional. Contar con el apoyo de una persona adulta de confianza es fundamental. Aportará serenidad y una perspectiva distinta.
  3. Evaluar la certeza de la posesión por parte del depredador de los elementos con los que se formula la amenaza y las posibilidades reales de que ésta se lleve a término así como las consecuencias para las partes. Mantener la cabeza fría es tan difícil como importante.
  4. Limitar la capacidad de acción del acosador. Puede que haya conseguido acceso al equipo o posea las claves personales. En previsión de ello:
    1. Realizar una revisión total para evitar el malware del equipo y cambiar luego las claves de acceso.
    2. Revisar y reducir las listas de contactos así como la configuración de las opciones de privacidad de las redes sociales.
    3. En ocasiones, puede ser acertado cambiar de perfil o incluso de ámbito de relación en la Red (bien sea una red social, un juego online multijugador…).

Intervención

Las situaciones de acecho sexual rara vez terminan por sí mismas, siendo habitual la reincidencia en el acoso incluso en momentos muy distantes en el tiempo. Es preciso no bajar la guardia y llegar hasta el final para lo cual es conveniente:

  1. Analizar en qué ilegalidades ha incurrido el acosador y cuáles pueden ser probadas. Puede ser inviable probar que el depredador dispone de ciertas imágenes o informaciones o que las ha hecho públicas. También puede ocurrir que no se pueda demostrar que esas imágenes fueron obtenidas por la fuerza o mediante engaño o incluso que se han recibido amenazas. Por todo ello conviene saber en qué ilícitos ha incurrido o incurre el depredador porque ello habilita la vía legal.
  2. Buscar y recopilar las pruebas de la actividad delictiva: capturas de pantalla, conversaciones, mensajes… todo aquello que pueda demostrar las acciones del depredador o dar pistas sobre su paradero o modo de actuar será de gran utilidad tanto a efectos de investigación como probatorios. Se debe tener presente no vulnerar la Ley en este recorrido.
  3. Formular una denuncia. Con un adecuado análisis de la situación y elementos de prueba que ayuden a la investigación el hecho ha de ser puesto en conocimiento de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado con independencia de que el acecho hubiera o no remitido.

Cada caso es diferente y la manera de abordarlo también. En determinadas circunstancias, incluso puede ser recomendable seguir la corriente del acosador para tratar de identificarle. En otras, la denuncia inmediata a la policía es la opción más razonable. No obstante, las anteriores son orientaciones que pueden funcionar bien en la mayoría de los casos y mientras la policía ofrece su asistencia.

Cibergrooming

¿De verdad quieres usar tu webcam?

Fuente: PantallasAmigas. Publicado previamente por Jorge Flores Sigue al director de PantallasAmigas en Twitter en UnBlogEnRed.es

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Captaron a una menor en una red social y la indujeron a prostituirse

La Policía Nacional ha detenido en Barcelona, Murcia y Palma de Mallorca a 15 personas por chantajear a una menor de edad a través de Internet para que mantuviera relaciones sexuales con ellos a cambio de dinero. Uno de ellos incluso abusó de ella físicamente.

Según la Policía, la víctima era inducida a mantener relaciones sexuales remuneradas con ellos mismos o con terceras personas, a producir material sexual para Internet y al intercambio de material pornográfico a través de distintas redes sociales y servicios de mensajería instantánea, aunque en ocasiones también llegaron a citarse en persona y a forzarla al menos a una relación sexual en contra de su voluntad.

Los hechos fueron denunciados en febrero por la propia menor y su padre.

Los adultos poseían fotografías de la menor desnuda y se intercambiaban diverso material pornográfico en el que también aparecían otros menores.

La policía identificó a los detenidos a través de las conversaciones, correos electrónicos y direcciones IP de los equipos desde los que se comunicaban con la menor.

Se les atribuyen además otros delitos como el exhibicionismo, la provocación sexual (difusión, venta o exhibición de material pornográfico a menores de edad e incapaces) o la tenencia y distribución de pornografía infantil, por haber enviado los detenidos a la menor fotografías de índole sexual de ellos mismos y de otros menores, así como enlaces a webs de carácter pedófilo.

Fuente: ADN

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