El gobierno federal australiano ha propuesto al parlamento de aquel país nuevas leyes para afrontar el turismo sexual en busca de niños y el grooming en Internet, ante las redes de explotación infantil cada vez más sofisticadas que operan internacionalmente y por medio de la Red.
El Ministro del Interior Brendan O’Connor ha afirmado que con este tipo de delitos, como el abuso de niños por Internet, se debe actuar de manera severa, sin importar si se comenten dentro o fuera del país.
Los riesgos derivados del sexting no se quedan en que las fotografías que los menores se sacan con el móvil acaben en la red a al luz de miles de miradas. La iniciativa PantallasAmigas advierte que en ocasiones, puede suponer el inicio de graves situaciones de ciberbullying o ciberacoso de mayores a menores – grooming -. En países como EEUU «se están juzgando incluso a menores de edad por este delito que, casi seguro, desconocían que estuvieran cometiendo».
Una moda con gran impacto
Si bien en España no se puede constatar con datos concretos y mucho menos hablar de evolución, en el contexto mundial aparecen de forma recurrente indicios preocupantes relacionados con la práctica del Sexting.
Estos son algunos de las últimas semanas: Nueva Gales del Sur, Australia: se acaba de lanzar una campaña educativa ante la creciente incidencia del Sexting. Estados Unidos: debido a las decenas de casos de menores imputados por Pornografía Infantil, se está planteando un debate legal sobre la calificación de estas prácticas. Latinoamérica: la Red Peruana contra la Pornografía Infantil ha denunciado el aumento de casos recibidos Moscú: la policía moscovita prosigue las investigaciones sobre un caso donde está implicada una menor de 16 años. Puerto Rico: se acaba de crear un proyecto de Ley contra el allí llamado texnudismo.
Detectar tendencias para prevenir antes
Es por el cúmulo de estos indicadores que PantallasAmigas ha decidido alertar, que no alarmar, a la sociedad. Según declara su director, Jorge Flores, “disponemos de mecanismos de prospección que nos proporcionan datos e indicadores de tendencias. En una Red global donde todo transcurre con gran inmediatez, en la labor preventiva que realizamos es fundamental detectar e incluso predecir los riesgos para tratar de reducir su impacto”. Esta organización, que cumple su quinto aniversario, ha sido pionera en muchas de sus iniciativas entre las que destacan la primera guía sobre Ciberbullying en 2006, un juego preventivo para móviles llamado SecuKid el pasado 2008 o la recién estrenada guía e-Legales.
Consejos preventivos
En primer lugar es fundamental no generar la imagen. Siempre ha de pensarse que una vez enviada a alguien se pierde el control para siempre: no se sabe quién la puede acabar viendo ni dónde ni cuándo puede aparecer o ser publicada.
En segundo lugar, hay que tener claro que no se puede hacer uso de la imagen de otra persona. Que nos envíen una fotografía o un vídeo no significa que podamos hacer libre disposición del mismo. Además, si quien protagoniza la escena es un menor de edad, las consecuencias legales son muy graves.
Ante una época como la estival, con más oportunidades para disfrutar del tiempo libre y para relacionarse, conviene también tener en cuenta que la inmediatez de la cámara del teléfono móvil puede jugarnos una mala pasada.
El delito de “grooming” es un delito preparatorio de otro de carácter sexual más grave. Es un término anglosajón y es en la legislación de los países del «Common Law» donde ha tenido mayor desarrollo Reino Unido, Escocia, Australia, Estados Unidos, Singapur – pero también se encuentra regulado en Alemania, entre otros.
El «grooming» consiste en acciones deliberadamente emprendidas por un adulto con el objetivo de ganarse la amistad de un menor de edad, y poder abusar sexualmente de él.
Según el estudio de Silvia Kierlegaard, “Cybering, online grooming and ageplay. Online child protection”, las regulaciones legales difieren, pues se trata de un delito asociado a los medios tecnológicos virtuales (Internet, salas de chat, etc.). Especialmente respecto de elementos esenciales para la comisión del delito, como son la determinación de la minoría de edad (en Alemania es 14 años y en Reino Unido, 18 años) o el tipo de imagen prohibida, ya que las imágenes que son ilegales de ver en los EE.UU. pueden no serlo en Alemania.
En Alemania se sanciona al que ejerza influencia sobre el menor por medio de la exhibición de ilustraciones o representaciones pornográficas o por dispositivos sonoros de contenido pornográfico o por conversaciones en el mismo sentido con una pena privativa de libertad de tres meses hasta cinco años;
El ordenamiento australiano también sanciona el uso de servicios de transmisión de comunicaciones por medios electromagnéticos para procurar que una persona se involucre, tiente, aliente, induzca o reclute, en actividades sexuales a personas menores de 16 años de edad con una pena de 15 años de prisión.
En Escocia se contemplan normas sobre grooming, pero lo llaman “reunión con un menor de 16 años después de algunos contactos preliminares” a través del chat y contempla una pena máxima de 10 años de cárcel.
En Estados Unidos se prohíbe transmitir datos personales de un menor de 16 años con el fin de cometer un delito de carácter sexual. En el estado de Florida, en 2007, se aprobó la Ley de Ciber-crímenes contra Menores, la que sanciona a quienes se contacten con menores por Internet y luego sostengan encuentros con el fin de abusar sexualmente de ellos. La ley obliga a los delincuentes sexuales a registrar con la policía sus direcciones de correo electrónico y los nombres que utilizan en los servicios de mensajería instantánea.
La Convención sobre la Protección de los Niños contra la Explotación Sexual y el Abuso Sexual, 2007, es el primer documento internacional que señala como delitos penales las distintas formas de abuso sexual de menores, incluyendo el grooming y el turismo sexual.
Las cuatro etapas del grooming:
1 etapa: Generar un lazo de amistad con un menor fingiendo ser un niño o niña 2 etapa: Obtener información clave del menor víctima de grooming.
3 etapa: Mediante seducción, conseguir que el menor frente a la webcam del computador se desvista, se haga tocaciones, se masturbe o realice otro tipo de expresiones de connotación sexual.
4 etapa: Inicio del ciber-acoso, dando inicio a la fase de extorsión de la víctima, con el objeto de obtener material pornográfico, o bien el contacto físico con el menor para concretar un abuso sexual.
En la lucha contra delitos como el grooming o la pedofilia en internet, ¿qué pueden hacer las grandes operadoras y el sector de las teelcomunicaciones? Según el estudio MENORES CONECTADOS.OPORTUNIDADES Y RIESGOS de julio de 2007, relaizado por Telefónica, el sector de la comunicación «es consciente del poder que a su vez tienen sus tecnologías para poder luchar contra este mal de nuestros días» y la ayuda que puede prestar a los organismos públicos. Aquí destacamos algunos datos.
El Convenio del Consejo de Europa sobre Delincuencia en el Ciberespacio (también llamado Convenio sobre el Cibercrimen) establece la necesidad de adoptar medidas contra delitos cometidos contra o a través de redes informáticas, entre otros el grooming y la pornografía infantil. Estados Unidos, Japón, Canadá o África del Sur han participado también en su redacción. Virtual Global Task (VGT) es una alianza entre INTERPOL y organismos (en su mayoría, cuerpos de seguridad) de Reino Unido, Australia, Canadá y Estados Unidos con el objetivo de hacer frenteal abuso de los niños a través de Internet.
EarthLink, United Online, Microsoft, Yahoo y AOL tienen un acuerdo para combatir la pornografía infantil en Internet en colaboración con el Centro Nacional para los Niños Explotados o Desaparecidos de EEUU. Como parte de ese acuerdo, han creado una base de datos de códigos que identifican imágenes pornográficas conocidas, de tal modo que los proveedores puedan detectarlas e impedir su distribución, lo que supone un ataque contra la distribución de imágenes ilícitas de niños.
O2 fue la primera operadora móvil en unirse al Internet Watch Foundation, que trabaja con proveedores de servicios de Internet, compañías de telecomunicaciones, operadores móviles, proveedores de software, policía, gobierno y el público para minimizar la disponibilidad de contenidos ilegales on line, en particular, las imágenes de abuso a menores.
Datos extraídos del informe MENORES CONECTADOS.OPORTUNIDADES Y RIESGOS 2007 de Telefónica