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Información sobre el fenómeno del grooming de niñas y niños


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Un estudio muestra cómo las escolares alemanas sufren el acoso sexual de desconocidos en Internet

Según una encuesta online realizada entre escolares alemanes por el instituto IKG de la Universidad de Bielefeld, aproximadamente la mitad de las víctimas del ciberbullying se sintieron muy molestas por la distribución de fotos humillantes. El estudio, dirigido por el Dr. Peter Sitzer y Julia Marth buscaba describir los diversos aspectos del ciberbullying en Alemania.

Uno de sus hallazgos ha sido determinar que algunas formas de ciberbullying producen en la víctima peores consecuencias que otras, como es el caso de las fotos y vídeos distribuidos por los ciberabusones para ridiculizar o humillar a la víctima. Los autores del estudio explican que esta forma del ciberbullying es especialmente difícil de controlar porque las imágenes digitales pueden ser reproducidas y distribuidas un número ilimitado de veces y así llegar a un público también potencialmente ilimitado. Otros tipos de ciberabuso como el tratamiento insultante, despreciativo o amenazante sólo fue percibido como muy molesto por un cuarto de los estudiantes entrevistados; según los autores la explicación estaría en que este abuso es más directo, se dirige únicamente a la víctima, y los testigos suelen ser menos. Otra posible explicación que apuntan es que los adolescentes ya lo asumen como algo normal y cotidiano entre sus pares.

Por otro lado el estudio revela que las escolares alemanas sufren también un tipo de ciberacoso sexual por el cual, contra su deseo, son requeridas insistentemente para hablar online sobre sexo, comúnmente por gente que conocen poco o nada.

Los estudiantes también reconocen en la encuesta que la forma más común en la que ciberagreden a otros es mediante insultos, ridiculización o amenazas. La difamación y el ciberacoso con connotaciones sexuales también son frecuentes. El ser excluido de grupos es raramente mencionado por las víctimas, aunque curiosamente sí por parte de los abusones: es decir, hay muchos intentos de exclusión fallidos, que no llegan a herir a la pretendida víctima porque simplemente no los percibe. En este sentido también revela el estudio que hay más escolares que dicen haber reenviado fotos y vídeos de otros que los que saben que dichas imágenes humillantes de ellos están circulando.

Los autores del estudio remarcan la gravedad del problema del ciberbullying y la necesidad de la prevención. Según recomiendan, es tarea de los padres y educadores enseñar a los menores a comportarse de una manera socialmente responsable con los demás. También aconsejan tomar medidas firmes cuando se producen estos casos: según muestra la encuesta más de la mitad de los abusones reconocieron que sus ataques no les habían supuesto ninguna consecuencia negativa para ellos.

Fuente: ScienceDaily

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Comparación jurídica del grooming en diferentes países

El delito de “grooming” es un delito preparatorio de otro de carácter sexual más grave. Es un término anglosajón y es en la legislación de los países del «Common Law» donde ha tenido mayor desarrollo Reino Unido, Escocia, Australia, Estados Unidos, Singapur – pero también se encuentra regulado en Alemania, entre otros.

El «grooming» consiste en acciones deliberadamente emprendidas por un adulto con el objetivo de ganarse la amistad de un menor de edad, y poder abusar sexualmente de él.

Según el estudio de Silvia Kierlegaard, “Cybering, online grooming and ageplay. Online child protection”, las regulaciones legales difieren, pues se trata de un delito asociado a los medios tecnológicos virtuales (Internet, salas de chat, etc.). Especialmente respecto de elementos esenciales para la comisión del delito, como son la determinación de la minoría de edad (en Alemania es 14 años y en Reino Unido, 18 años) o el tipo de imagen prohibida, ya que las imágenes que son ilegales de ver en los EE.UU. pueden no serlo en Alemania.

En Alemania se sanciona al que ejerza influencia sobre el menor por medio de la exhibición de ilustraciones o representaciones pornográficas o por dispositivos sonoros de contenido pornográfico o por conversaciones en el mismo sentido con una pena privativa de libertad de tres meses hasta cinco años;

El ordenamiento australiano también sanciona el uso de servicios de transmisión de comunicaciones por medios electromagnéticos para procurar que una persona se involucre, tiente, aliente, induzca o reclute, en actividades sexuales a personas menores de 16 años de edad con una pena de 15 años de prisión.

En Escocia se contemplan normas sobre grooming, pero lo llaman “reunión con un menor de 16 años después de algunos contactos preliminares” a través del chat y contempla una pena máxima de 10 años de cárcel.

En Estados Unidos se prohíbe transmitir datos personales de un menor de 16 años con el fin de cometer un delito de carácter sexual. En el estado de Florida, en 2007, se aprobó la Ley de Ciber-crímenes contra Menores, la que sanciona a quienes se contacten con menores por Internet y luego sostengan encuentros con el fin de abusar sexualmente de ellos. La ley obliga a los delincuentes sexuales a registrar con la policía sus direcciones de correo electrónico y los nombres que utilizan en los servicios de mensajería instantánea.

La Convención sobre la Protección de los Niños contra la Explotación Sexual y el Abuso Sexual, 2007, es el primer documento internacional que señala como delitos penales las distintas formas de abuso sexual de menores, incluyendo el grooming y el turismo sexual.

Las cuatro etapas del grooming:

1 etapa: Generar un lazo de amistad con un menor fingiendo ser un niño o niña
2 etapa: Obtener información clave del menor víctima de grooming.
3 etapa:
Mediante seducción, conseguir que el menor frente a la webcam del computador se desvista, se haga tocaciones, se masturbe o realice otro tipo de expresiones de connotación sexual.
4 etapa:
Inicio del ciber-acoso, dando inicio a la fase de extorsión de la víctima, con el objeto de obtener material pornográfico, o bien el contacto físico con el menor para concretar un abuso sexual.

Extraído de: bcn.cl